Ante las peticiones de comerciantes, industriales y emprendedores privados que han solicitado por más de 3 años la revisión y seguimiento de los impuestos cobrados por el ejecutivo a nivel regional y nacional. Se ha aprobado en primera discusión la propuesta de Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de los Estados y Municipios. Esto quiere decir que en sus 52 artículos regulan y normatizan los límites de cobros y acciones que deben llevar a cabo las diferentes autoridades encargadas de realizar la recaudación tributaria en sus localidades. En ese sentido, en Aldana & Abogados queremos darte una perspectiva más amplia de este proyecto de ley para que puedas ver las implicaciones que tiene este nuevo modelo en tu negocio.
¿Qué es la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización Tributaria?
Esta es una ley que permitirá la creación de un órgano rector que podrá establecer las orientaciones, lineamientos y asesorías en materia tributaria en cada localidad del territorio venezolano. Por medio de este proyecto se espera normatizar los mecanismos disciplinarios para armonizar el sistema tributario del país, de modo que no haya exabruptos a la hora de establecer el monto de impuestos municipales, regionales y estadales.
Este proyecto beneficia a los comerciantes, empresarios y demás actores dentro de la economía venezolana debido a que establece lineamientos que antes no estaban estipulados en ninguna ley venezolana. Como es el caso de los pagos tributarios en bolívares y atados al tipo de cambio promulgado por el Banco Central de Venezuela, entre otros.
¿Cuáles son los beneficios de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización Tributaria?
Esta normativa no establece sanciones penales, pero si establecen mecanismos puntuales a la hora de llevar a cabo la recaudación tributaria. Por lo que se espera que con este nuevo proyecto de Ley se pueda llevar a cabo una recaudación más eficiente para el ejecutivo y las empresas públicas y privadas dentro del territorio. De este modo, los principales beneficios se verán reflejados en la calidad de servicios públicos y el registro óptimo de cada pago de impuestos realizados por las personas y empresas del país.
Con esto se espera fomentar una nueva cultura de cumplimiento tributario que permita el correcto funcionamiento del sistema financiero venezolano. Al mismo tiempo que minimiza los riesgos de las empresas asociados al incumplimiento de las obligaciones tributarias en el país.
¿Cuáles son los aspectos más resaltantes de esta ley?
1- Los pagos deben ser realizados únicamente en Bolívares, pero son calculados al cambio oficial dictado por el Banco Central de Venezuela.
2- Uso del RIF para garantizar que los tributos sean identificados de forma correcta a los contribuyentes. Por lo que ya no es posible utilizar algún otro registro paralelo, ni requerir algún otro documento.
3- Se establece una alícuota máxima del 3%. Esto determina que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica no podrá ser superior al 3% de los ingresos brutos obtenidos por las empresas.
4- Ratificación de límites de los actores, actividades e impuestos. Esto sirve para determinar, en conjunto con la Constitución Nacional y el Código Orgánico Tributario, el margen de acción que tiene cada organismo según su función. Por lo que allí se establecen los límites y prohibiciones para las alcaldías y gobernaciones en todo el territorio nacional.
¿Por qué es pertinente este proyecto de ley en Venezuela?
Este proyecto de Ley resulta pertinente, ya que no existe un mecanismo que regule a las municipalidades y alcaldías en el cobro de los tributos. Anteriormente, por vacíos legales, existían perturbaciones y problemas dentro del desarrollo económico y comercial del país. Teniendo como consecuencia, que los recaudadores solicitaban a los comerciantes documentos adicionales, que retrasaban los pagos tributarios y obligar a los comerciantes a recurrir a otras instancias que no estaban estipuladas en la ley.
Entonces, esta nueva forma de organización permite darle uniformidad a los procesos de recaudación de todo el país, delimitando los métodos para que las municipalidades, alcaldías y gobernaciones realicen los procesos tributarios. De este modo, el ejecutivo impide el cobro de aranceles especiales, entorpecimiento de los pagos, canalización de multas de acuerdo al marco de la ley, entre otros conflictos que estaban afectando a los habitantes del país.
Si quieres obtener más información o necesitas asesoría sobre este y otros temas del derecho penal y mercantil, no dudes en contactarnos a través de nuestro formulario. También te compartimos nuestras redes sociales para que puedas seguir actualizado sobre los temas jurídicos que están en tendencia: Instagram, Facebook, Twitter y Linkedin.