La llegada de las criptomonedas a la escena económica y financiera mundial supone cambios que han exigido la revisión de los basamentos jurídicos que hasta el momento legislaron en el área. La cualidad del sistema de criptomonedas de excluir la supervisión de los organismos estatales en el proceso de intercambio de valor, representa un atractivo para el delito de blanqueo de capitales pues facilita por su característica anónima y la forma de dar apariencia legal a sus operaciones en la fase de colocación en la transformación de los valores digitales en dinero fíat; es por ello que los organismos intergubernamentales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ha impulsado un compendio de recomendaciones que se deben aplicar para proteger los sistemas de crédito de la economía nacional, regional y en consecuencia mundial frente a este fenómeno de los criptoactivos.
En Alan Aldana & Abogados estudiamos este fenómeno para evaluar cómo las nuevas tecnologías planteadas por las monedas digitales han propiciado la revisión de los marcos legales actuales y la creación de nuevos mecanismos de cooperación internacional, con la intención de prevenir la ejecución del blanqueo de capitales, y proteger a las empresas y personas físicas que deseen incursionar en esta nueva realidad con un programa de cumplimiento mejorado que los proteja de incurrir por omisión en delitos de carácter económico.
El blanqueo de capitales, también conocido como lavado de dinero, define a todos los procedimientos dirigidos a introducir en el sistema financiero legal dinero proveniente de actividades ilícitas para darle apariencia de legalidad. Es considerada una de las principales estrategias de la delincuencia organizada hoy en día y su acción tiene carácter pluriofensiva pues afecta directamente el orden social, la esfera económica y para algunos autores hasta la administración de la justicia. Se trata de un delito que genera un efecto severo en el sistema económico, pues ingresa un capital sin ningún tipo de validez ni fundamento afectando el orden y equilibrio.
Las criptomonedas y el blanqueo de capitales
En el sistema jurídico español se han hecho esfuerzos desde 1995 para identificar y juzgar con mayor precisión a este delito, ampliando el catálogo de actividades relacionadas a su comisión. En ese sentido, se incluyó el acto de encubrimiento, pues es evidente que el blanqueo de capitales no solamente implica el delito de tratar de brindarle apariencia legal al dinero, sino también de impedir que la justicia pueda rastrear su origen.
En el caso de Venezuela, se define en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo a la legitimación de capitales como el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes y haberes provenientes de actividades ilícitas. En ese sentido, la legislación venezolana incluye también el encubrimiento como el denominativo de persona interpuesta.
Así mismo, ambas legislaciones y otras como la alemana incluyen a los sujetos obligados, como contadores, oficiales de cumplimientos, entre otros profesionales que deben denunciar si a través de su desempeño profesional observan alguna irregularidad que evidencie este delito, y también exceptúa a otros profesionales como los abogados que representan a sujetos investigados y procesados por este tipo de delitos en vista a la protección de la confidencialidad que está estrictamente vinculada con ponderación de principios fundamentales en donde prevalece el Derecho a la Defensa sobre otros principios, derechos o reglas constitucionales para el caso en concreto.
La convención de Palermo
Lo que se ha visualizado con respecto a la ejecución de la legitimación de capitales, permite advertir que implica necesariamente la participación de un grupo delictivo organizado y sus vulnerabilidades para poder introducirse en el sistema financiero sin ser rastreados. Por ello, la Convención de Palermo dio las bases para que diversos Estados puedan unificar esfuerzos y transformar sus instrumentos jurídicos en función del combate contra este delito.
La mencionada convención recalca que las actividades de blanqueo de capital implican diversos grados de participación que deben ser perseguidos, tipificados y considerados como parte del delito. Convirtiéndose en un instrumento de importancia en el marco internacional, gracias a que ha permitido a los Estados que la suscriben, el compromiso de adopción de una normativa específica para combatir estas estructuras criminales, lo cual ha venido complementando por las recomendaciones de los grupos intergubernamentales como el GAFI, cuyo objetivo es la transparencia y protección del sistema financiero mundial.
Una puerta de entrada en las criptomonedas
El cambio tecnológico requiere la adecuación de la ley para hacer frente a los nuevos escenarios. En ese sentido, el mundo que ha abierto las criptomonedas ha mostrado la necesidad de ser cónsonos legalmente con ese impacto. Los Estados han tenido que ir adoptando medidas que permitan el desarrollo de la economía digital pero que a la vez impidan el blanqueo de capitales.
Se han identificado tres características que hacen vulnerable al sistema de las monedas digitales frente a la legitimación de capitales o lavado de dinero:
- El principio de descentralización, que libra de la supervisión de algún ente rector.
- La falta de incorporación de un registro adecuado, lo que dificulta la ubicación y relación de las transacciones realizadas.
- La irreversibilidad de las transacciones, pues evita la posibilidad de anularlas.
En vista de ese riesgo el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) desarrolla y promueve políticas de protección a los sistemas financieros del mundo contra la legitimación de capitales. En el caso de las criptomonedas propicia políticas específicas para mostrar cómo este delito usa las nuevas tecnologías —como las monedas digitales— para introducir en el flujo de capitales los recursos provenientes de actividades irregulares.
Entre las principales recomendaciones para mitigar este delito a través del uso de las criptomonedas está la protección de la responsabilidad penal de las personas jurídicas con sistemas efectivos de control.
Adicionalmente países como Japón, Reino Unido, Nueva Zelanda, Malta, Venezuela ya tienen novísimas legislaciones y entes reguladores especializados que comienzan a implementar las regulaciones necesarias y a otorgar licencias para casas de cambio de criptoactivos, como los Estados Unidos de Norteamérica que a través del FINCEN del Departamento del Tesoro, otorga licencias para que compañías especializadas puedan operar bajo la supervisión necesaria.