Incluso el acceso a la justicia supone, en la mayoría de los casos, la utilización de recursos económicos. Que no siempre están disponibles para el demandante. Pago de los honorarios profesionales a los abogados, cancelación para solicitar o legalizar documentos, u otros costos deben ser asumidos para dar inicio a cualquier proceso. Los casos de Justicia Internacional suelen acarrear más gastos, debido a la cantidad de personas involucradas y situaciones que enfrentar.
En los últimos años han surgido soluciones para enfrentar estas limitaciones. A través del financiamiento de terceros llamados fondos de litigio. Esta práctica se ha extendido en Estados Unidos y algunos países de Europa como Inglaterra, Alemania y más recientemente España.
Frente a la necesidad de justicia sentida en los casos de la Jurisdicción Internacional, la inyección de recursos para cubrir los gastos legales es, sobre todo y en primera instancia, un apoyo al acceso a la justicia. Estos fondos de litigios son específicamente grupos inversores especializados en otorgar financiamiento a diversos procesos legales, especialmente en los casos de arbitrajes internacionales y de competencias mercantiles.
Estos fondos no tienen interés en sí en los aspectos sustantivos del arbitraje. Por lo que invierten con la intención de lograr algún porcentaje de ganancia al cerrarse el caso. Si uno de ellos evalúa el proceso legal y acepta financiarlo sugiere que el caso posee altas probabilidades de resultar victorioso, pues la empresa financiera está invirtiendo recursos en él.
En la financiación por terceros del arbitraje internacional, también conocida en inglés como Third Party Funding, la variedad de los gastos procesales cubiertos por el acuerdo es muy diverso e incluye hasta la futura condena si llegase a ser la decisión del tribunal.
Ventajas de un financiamiento de terceros para hacer justicia
El principal beneficio de esta figura radica en la posibilidad de aumentar el acceso a la justicia a individuos o grupos de personas que no pudiesen financiar los litigios, y que especialmente en el caso de la Jurisdicción Internacional suelen requerir de una inversión grande de recursos económicos.
Para quienes financian los litigios es importante reducir el tiempo del proceso. Evitando que los tiempos se alarguen y con ello los costos económicos. En ese sentido, el interés es obtener un resultado jurídico sin que el litigio se extienda más de lo establecido, lo que por supuesto se traduce en un acceso más rápido y eficiente a la justicia.
De igual manera, obtener financiamiento para un litigio abre la posibilidad de que otras causas justas sean escuchadas y diversos casos de la Jurisdicción Internacional pueden encontrar luz en la legalidad.
Algunos riesgos que atender
La presencia de la figura de Third Party Funding también supone algunos riesgos en la práctica legal. Uno de los que se han visualizado rápidamente es la posible generación de un aumento importante de la litigiosidad en el ámbito del arbitraje internacional. Para reducir esta posibilidad, las empresas financistas deberán realizar una evaluación profunda del caso que suponga la seguridad en la inversión.
Sin embargo, quizás la que más preocupe se refiere a dilemas éticos importantes a la hora de incluir en el proceso legal a un tercero financiador y que pueden influir en las relaciones entre el cliente y su abogado. En ese sentido, se ha traído a la discusión el riesgo de que estas relaciones puedan condicionar la toma de decisiones durante el procedimiento, o la violación de las normas de confidencialidad establecidas entre el abogado y el cliente.
La figura del financista también puede acarrear un posible conflicto de intereses respecto a los árbitros. Lesionando su imparcialidad, integridad e independencia, cualidades que no pueden obviarse en un procedimiento arbitral.
La posibilidad de estas acciones impone que el financiamiento sea revisado y estudiado en el marco de la ley. Planteando incluso instrumentos legales que contribuyan a regular de alguna forma esta figura que sin duda también representa una ganancia para el acceso a la justicia.
Fuentes consultadas: