Los contratos con la firma electrónica y su eficacia en Venezuela

El internet es una gran herramienta que facilita la interacción y comunicación entre las personas, así como, en las estructuras de comercio, facilitando a las personas llevar a cabo contratos, a través, de canales electrónicos.

Ante la situación del COVID-19, el incremento el internet ha sido un elemento de gran importancia para la dinámica laboral, debido a las limitaciones en las interacciones sociales, la lo cual ha sido de gran ventaja la continuidad de operaciones comerciales.  

Los contratos electrónicos se caracterizan por ser celebrados entre las partes a través de canales digitales y con el uso de herramientas tecnológicas, tal y como lo son las firmas electrónicas, las cuales aportan autenticidad sobre los sujetos que intervienen en el contrato. 

Dichos contratos, han tenido una marcada presencia en la globalización, como parte del comercio electrónico, lo cual permite de manera generalizada, que las personas puedan adquirir bienes o servicios. Se caracterizan por ser celebrados entre las partes, a través de canales electrónicos, así como, el uso de herramientas tecnológicas, las cuales comprenden un amplio catálogo destacando entre ellas las firmas electrónicas, las cuales tienen como finalidad aportar autenticidad y veracidad sobre los sujetos que intervienen en el contrato.

Contratos con firma electrónica

La firma electrónica tiene como finalidad, asociar el contrato así como sus términos, con las personas que intervienen, es decir, permite atribuirle autoría de quienes los suscriben. 

El régimen legal que regula el tema de las firmas electrónicas, se encuentra contenido en el Decreto con Fuerza de Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, promulgada en el año 2001, el cual desarrolla y establece el valor y eficacia de este tipo de firmas. 

El uso de las firmas electrónicas le atribuye el mismo valor que tienen las firmas autógrafas, lo cual permite que los contratos bajo este tipo de modalidades sean totalmente confiables. 

Para que la firma electrónica pueda tener la eficacia y validez que se desea, es importante que se encuentre debidamente certificada, permitiendo garantizar los datos y su autenticidad, así como, evitar que sea falsificada y asegurar de manera razonable su confidencialidad.  

El certificado de la firma electrónica, ha de ser emitido por un Proveedor de Certificados Electrónicos, el cual debe estar acreditado por la Superintendencia de Servicios de Certificados Electrónicos, la cual se crea con el objeto de acreditar, supervisar y controlar a los Proveedores de Servicios de Certificación, es decir, aquellas empresas o entidades de carácter público o privado, encargadas de gestionar la certificación de firmas electrónicas. 

Para la obtención del certificado de firma electrónica es necesario que se cumplan con ciertos requisitos exigidos por los proveedores de servicios. En Venezuela, existen dos entes encargados de emitir el certificado de firma electrónica, entre ellos destaca la Fundación Instituto de Ingeniería para Investigación y Desarrollo Tecnológico, la cual se encuentra acreditada por la mencionada Superintendencia. 

Sin duda alguna, los contratos de firmas electrónicas representan una gran ventaja por tener la misma eficacia y seguridad jurídica que aquellos que han sido suscritos, a través de firmas autógrafas. Dadas las circunstancias que actualmente se viven, se considera como un factor potenciador la tramitación del certificado de firma electrónica, para llevar a cabo negociaciones u operaciones comerciales de una forma segura para las partes. Asimismo, permiten llevar a cabo contratos sin tomar como elemento restrictivo la distancia entre las partes intervinientes, siendo una gran ventaja para el desarrollo económico de las empresas. 

En Alan Aldana y Abogados sugerimos la implementación de este tipo de opciones, que en definitiva aportan un gran valor y seguridad a las empresas en sus operaciones. 

Contamos con un equipo especializado para brindar asesoría en la tramitación de los certificados de firma electrónicas y así potencializar el alcance de las negociaciones dejando a un lado el factor de la distancia.