La Asamblea General de INTERPOL de 2025, reunida en Marrakech, aprobó una serie de resoluciones que reforman sustancialmente los procedimientos ante la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF). En particular, se introdujeron nuevas directrices y enmiendas normativas orientadas a modernizar la tramitación de las solicitudes de revisión de notificaciones (incluyendo solicitudes “preventivas” y solicitudes de eliminación de datos), fortaleciendo las garantías procesales y la eficiencia del sistema.
Estas reformas, comparadas con las normas vigentes en 2023 y 2024, marcan una evolución importante en la defensa de personas objeto de notificaciones rojas o difusiones internacionales, especialmente aquellas potencialmente motivadas por razones políticas. A continuación, analizamos los cambios clave y sus implicaciones prácticas desde la perspectiva de un abogado defensor especializado en INTERPOL.
Reformas Aprobadas en la Asamblea General de 2025
En noviembre de 2025, la 93.ª Asamblea General de INTERPOL aprobó la Resolución n.º 8, que modifica tanto el Reglamento sobre el Tratamiento de Datos de INTERPOL como el Estatuto de la CCF[1]. Entre los cambios más relevantes se encuentran:
- Enmiendas al Estatuto de la CCF: Se revisaron los artículos 3, 19, 23, 25, 28 y 33 del Estatuto de la CCF[1]. Estas modificaciones buscan garantizar que el marco jurídico y los procedimientos de la CCF le permitan ejercer plenamente sus funciones de control y recurso, en consonancia con el artículo 36 del Estatuto de INTERPOL. La Asamblea General reconoció “la importante labor realizada por la CCF” y “la necesidad de que su marco jurídico y sus procedimientos le permitan el pleno ejercicio de sus funciones”[2]. En otras palabras, se dotó a la CCF de herramientas normativas más claras y eficaces para supervisar el tratamiento de datos y resolver las quejas de los solicitantes.
- Supresión del artículo 94 del Reglamento de Tratamiento de Datos: La misma resolución eliminó el artículo 94 del Reglamento de INTERPOL sobre el Tratamiento de Datos[1], referente a avisos sobre obras de arte robadas. Aunque esta supresión es de carácter técnico y no afecta directamente a las notificaciones rojas o difusiones, refleja el esfuerzo de actualizar y simplificar las normas de INTERPOL.
- Equilibrio entre Confidencialidad y Transparencia: Por otro lado, la Asamblea adoptó la Resolución n.º 7, orientada a lograr un mejor equilibrio entre la tradición de confidencialidad de la organización y la transparencia hacia sus países miembros y el público. Se modificaron diversos artículos del Reglamento General y de las normas de la Asamblea General para oficializar prácticas de la Organización en materia de acceso a información de gobernanza[3]. Si bien esta resolución no se dirige específicamente a la CCF, sí indica una tendencia de mayor apertura y rendición de cuentas, lo cual podría traducirse en más difusión de información sobre las actividades de control de archivos (por ejemplo, la publicación de decisiones anonimizadas de la CCF, como ya se viene haciendo[4]).
Cambios en la Tramitación de Solicitudes Preventivas
¿Qué son las “solicitudes preventivas”? Aunque el término no aparece en el Estatuto de la CCF, en la práctica se refiere a las peticiones presentadas por personas que solicitan a INTERPOL no tramitar determinados datos en el futuro, anticipando que una notificación roja o difusión podría ser emitida en su contra de forma abusiva[5]. Es una medida proactiva: el solicitante aporta información para sostener que cualquier difusión o notificación futura sobre su persona violaría las normas de INTERPOL (por ejemplo, por ser un caso de persecución política). Hasta 2024, la política de la CCF respecto a estas solicitudes era clara y limitada: la Comisión únicamente las remitía a la Secretaría General de INTERPOL, junto con la información aportada, para que se tomasen en cuenta en las comprobaciones de conformidad que la Secretaría General realiza si llega una solicitud de cooperación policial relacionada con esa persona[6]. La CCF informaba al solicitante de esta remisión, sin iniciar un examen formal de los datos (al no existir aún datos registrados), salvo que más adelante la persona presentase una solicitud formal de acceso, rectificación o eliminación una vez emitida una notificación[6].
¿Qué cambió en 2025?
Las nuevas directrices oficializan y refuerzan este procedimiento preventivo. Al reformarse el Estatuto de la CCF, se ha reconocido explícitamente la facultad de la Comisión para adoptar “medidas adecuadas” cuando una solicitud es admisible pero no existen datos registrados sobre el solicitante en los ficheros de INTERPOL (situación típica de la solicitud preventiva). En tal caso, la CCF podrá transmitir la información recibida a la Secretaría General para su consideración en eventuales verificaciones de futuras notificaciones, cumpliendo así con su función de garantía preventiva[6]. Esta práctica, que hasta 2024 era solo una política interna, ahora se sustenta en normas aprobadas por la Asamblea General, dando mayor peso oficial a las solicitudes preventivas.
Desde la perspectiva de la defensa, el cambio implica que un apoderado legal que presente una solicitud preventiva en nombre de su cliente puede esperar una respuesta formal de la CCF confirmando la remisión a la Secretaría General. Si bien la Secretaría General de INTERPOL mantiene la discrecionalidad sobre cómo actuar (por ejemplo, podría denegar la publicación de una notificación roja futura si considera probadas las alegaciones de abuso político), al menos ahora existe una constancia institucional de la alerta preventiva. Cabe señalar que la CCF no llegará a pronunciarse sobre el fondo en esta fase preventiva (no “decide” nada aún, puesto que no hay datos que suprimir), pero el valor práctico de este mecanismo es alertar tempranamente a INTERPOL sobre posibles irregularidades. En 2023, la propia CCF resaltó la utilidad de estas alertas y mejoró la transparencia al publicar en su web una explicación detallada de su política sobre solicitudes preventivas[4]. También durante 2023 se dedicó a elaborar directrices y módulos de formación para las Oficinas Centrales Nacionales (OCN) y los propios solicitantes y sus abogados, a fin de mejorar la capacidad de detectar y prevenir abusos en las notificaciones internacionales[4].
Comparativa 2023-2024: En los años anteriores, los abogados defensores ya utilizaban las solicitudes preventivas como parte de una estrategia de defensa proactiva. Por ejemplo, empresarios y figuras opositoras que temían ser blanco de notificaciones rojas políticamente motivadas presentaban estas peticiones a la CCF para dejar constancia de la mala fe del país requirente. La diferencia ahora es que, con el respaldo normativo de 2025, estas solicitudes adquieren mayor relevancia: la Secretaría General deberá tomar nota formal de la información remitida por la CCF. Aunque no existe una obligación explícita de responder al solicitante, el hecho de que la Asamblea General pida asegurar que “el tratamiento de datos sigue siendo eficaz, fácilmente aplicable y al día con las últimas novedades”[7] sugiere que INTERPOL busca mejorar sus filtros de conformidad. En la práctica, esperamos que la Secretaría General realice con mayor rigor las verificaciones de oficio cuando exista una alerta preventiva transmitida por la CCF, minimizando el riesgo de que prospere una notificación contraria a las reglas (por ejemplo, violatoria del artículo 3 de la Constitución de INTERPOL, que prohíbe las intervenciones por motivos políticos[8]).
Cambios en la Tramitación de Solicitudes de Eliminación de Datos (Notificaciones Rojas)
Las solicitudes de eliminación o corrección de datos constituyen el núcleo de la función contenciosa de la CCF: típicamente, son las peticiones de individuos para cancelar una notificación roja, una difusión o cualquier registro en bases de datos de INTERPOL que consideren injusto o ilícito. Hasta 2024, el procedimiento estaba claramente definido en el Estatuto de la CCF y en sus Normas de Funcionamiento: una vez que la solicitud era declarada admisible, la Cámara de Solicitudes examinaba si existían datos sobre el solicitante en el Sistema de Información de INTERPOL y, de ser así, evaluaba la conformidad de esos datos con las normas de INTERPOL[9]. La CCF podía requerir información adicional al solicitante, al país fuente (OCN) e incluso a la Secretaría General durante su análisis[9]. Tras reunir suficientes elementos, la Comisión tomaba una decisión motivada. Esa decisión era definitiva y vinculante tanto para INTERPOL como para el solicitante (no cabe recurso dentro de INTERPOL, salvo la revisión extraordinaria del propio CCF)[10][11]. El rol del Secretario General en este esquema previo era principalmente ejecutivo: la CCF le comunicaba la decisión para su implementación, y luego notificaba por escrito el resultado al solicitante y a la OCN fuente, indicando que la decisión ha sido aplicada por INTERPOL[12]. En otras palabras, el Secretario General (a través de la Secretaría General) procedía a eliminar o corregir los datos en los ficheros, en cumplimiento de lo resuelto por la CCF.
¿Qué modificaciones introdujo 2025?
Aunque la Resolución de la Asamblea General no detalla públicamente el texto exacto de cada enmienda, se sabe que hubo una discusión importante sobre el papel del Secretario General en el proceso contencioso. El proyecto inicial contemplaba fortalecer la intervención del Secretario General antes de la decisión de la CCF, otorgándole la facultad de tomar una “decisión de conformidad” preliminar sobre los datos impugnados[13][14]. En concreto, se propuso que la CCF solo examinara una solicitud de supresión una vez que la Secretaría General hubiera comunicado su decisión final sobre la conformidad de esos datos[13]. Asimismo, se barajó la idea de prohibir que la CCF ordenara medidas provisionales (por ejemplo, la suspensión temporal de una notificación roja) antes de esa decisión previa del Secretario General[13][15]. Estas ideas generaron preocupación en la comunidad de derechos humanos, dado que posponían la intervención independiente de la CCF y podían dilatar aún más la resolución de casos urgentes[16][17].
Tras el proceso de consultas (en el que organizaciones especializadas presentaron observaciones críticas), la versión finalmente aprobada en Marrakech parece haber sido más equilibrada. El Estatuto de la CCF en su artículo 33 fue enmendado para clarificar la secuencia del examen de las solicitudes, asegurando la colaboración del Secretario General sin menoscabar la autonomía de la CCF. Si bien los detalles no han sido divulgados línea por línea, todo indica que ahora la Cámara de Solicitudes podrá apoyarse en la evaluación de la Secretaría General sobre el caso, pero sin renunciar a su potestad decisoria final ni a la posibilidad de actuar rápidamente en casos urgentes. De hecho, las enmiendas al artículo 37 relativas a medidas provisionales no fueron adoptadas, lo que significa que la CCF conserva la facultad de dictar una suspensión urgente de la notificación roja si las circunstancias lo exigen, sin esperar un pronunciamiento previo del Secretario General (una victoria para la protección eficaz de los solicitantes en riesgo inmediato de detención)[18][19].
En la práctica, el rol del Secretario General se refuerza en el sentido de que ahora participará más activamente en la fase inicial: cuando alguien impugne una notificación, la Secretaría General tendrá la oportunidad de realizar una revisión de conformidad adicional. Esto podría traducirse en que, en algunos casos, INTERPOL retire o corrija voluntariamente una notificación impugnada antes de que la CCF dicte su fallo final, agilizando la solución. De hecho, ya era habitual que, al recibir las observaciones de un solicitante (vía CCF), la Secretaría General y la OCN implicada reconsiderasen la validez de la notificación – a veces procediendo a cancelarla por iniciativa propia. Ahora este paso se formaliza, integrándose en el procedimiento. No obstante, si la Secretaría General mantiene la notificación, la CCF entrará igualmente a resolver, con todos los poderes que le confieren las normas.
Novedades en plazos y comunicaciones:
Otra mejora relevante está en la gestión de los plazos y las comunicaciones con las partes. Previamente, la CCF intentaba decidir las solicitudes de supresión en un plazo orientativo de nueve meses (plazo no siempre cumplido debido a la sobrecarga de trabajo). Con las reformas de 2025 no se ha anunciado explícitamente un nuevo plazo límite, pero sí se espera que, gracias al aumento de recursos y personal, los tiempos de respuesta se acorten. Recordemos que en 2024 la Asamblea General ya dio un paso importante al duplicar la remuneración y el tiempo de trabajo disponible de los miembros de la CCF (pasando de 26 a 80 días al año por miembro, y hasta 125 días para el presidente)[20], reconociendo así la necesidad de dedicación casi a tiempo completo para reducir el atraso acumulado. Además, la Secretaría General de INTERPOL está colaborando con la CCF en el desarrollo de nuevas herramientas tecnológicas para agilizar la tramitación de casos[21][22].
En cuanto a las comunicaciones, la práctica vigente –que se mantendrá y refuerza– es que la CCF mantenga informado tanto al solicitante (o su representante legal) como a la OCN fuente durante todo el proceso. El artículo 31 del Estatuto establece que la Cámara de Solicitudes será el único punto de contacto con el solicitante a lo largo del procedimiento[23], debiendo acusar recibo de la solicitud, informar sobre la admisibilidad y el procedimiento aplicable, e incluso notificar la fecha en que se examinará el caso y el plazo para presentar alegaciones adicionales[24][25]. Las nuevas directrices insisten en la importancia de estas notificaciones. De hecho, un cambio práctico notable es la atención al representante legal: cuando el solicitante actúa mediante abogado, la CCF se asegura de dirigir las comunicaciones a este, siempre que se haya presentado el poder correspondiente[26]. En el pasado, hubo situaciones de confusión por falta de reconocimiento formal del representante; hoy, con las reglas clarificadas, es imprescindible adjuntar una autorización notarial del cliente para que el abogado reciba directamente toda notificación[27]. De esta forma, el cliente cuenta con una vía de comunicación unificada y profesional con la CCF, lo que redunda en una defensa más eficaz.
Otro aspecto innovador de la reforma es la introducción de disposiciones para prevenir el abuso de los procedimientos de la CCF. La nueva redacción del artículo 28 del Estatuto faculta expresamente a la Cámara de Solicitudes a tomar medidas frente a conductas abusivas, improcedentes o de mala fe, ya provengan del solicitante (o su representante) o de la OCN fuente de los datos. Por ejemplo, la CCF podrá rechazar in límine una solicitud manifiestamente abusiva o desprovista de fundamento, e incluso reportar comportamientos indebidos –como intentos de coacción o represalias– a los órganos pertinentes de INTERPOL e incluso a autoridades externas, si tales actos pudieran constituir infracciones sancionables[28][29]. Esta medida protege la integridad del sistema: por un lado, disuade a posibles “recurrentes crónicos” que presentaban múltiples solicitudes infundadas entorpeciendo el trabajo de la Comisión; por otro lado, brinda amparo a los solicitantes de buena fe frente a eventuales intimidaciones por parte de autoridades abusivas. Eso sí, la CCF tendrá que aplicar estas facultades con equilibrio, dando razones cuando decida rechazar por abuso y –como han sugerido algunos observadores– ofreciendo alguna vía de aclaración o apelación interna para evitar errores[30]. En cualquier caso, desde la óptica del abogado defensor, la calidad de las solicitudes debe ser máxima, ya que la CCF escrutará más rigurosamente su admisibilidad y propósito. Una solicitud bien fundamentada y genuina no debe temer estas disposiciones (que van dirigidas a los usos torcidos del mecanismo), pero conviene abstenerse de tácticas dilatorias o alegaciones peregrinas que ahora podrían ocasionar un cierre anticipado del caso.
Efectos Prácticos de las Reformas: Perspectiva del Abogado Defensor
Desde el punto de vista de la defensa jurídica especializada en asuntos de INTERPOL como lo es VENFORT ABOGADOS, estos cambios normativos y procedimentales de 2025 tienen implicaciones importantes para la estrategia y la asesoría a los clientes:
- Intervención temprana y preventiva: Se refuerza la utilidad de actuar antes de que estalle el problema. Para empresarios, altos ejecutivos o opositores políticos que sospechan que su gobierno u otro actor podría solicitar una notificación roja en su contra, ahora más que nunca es recomendable presentar una solicitud preventiva ante la CCF. Si bien esta no “bloquea” automáticamente la emisión de la notificación, sí coloca a INTERPOL en aviso. La Secretaría General tendrá conocimiento anticipado de las objeciones (por ejemplo, la existencia de un asilo político o la falta de garantías procesales en el país requirente) y deberá extremar la revisión de cualquier pedido de difusión o notificación futura[6]. La práctica demuestra que muchas notificaciones abusivas pueden neutralizarse en fase de filtrado si INTERPOL dispone de información clara a tiempo. Nuestro consejo práctico es recopilar y presentar, mediante abogado, toda prueba de motivación política, falta de debido proceso, torturas en el país de origen, etc., en un dossier preventivo claro y conciso[31]. Esta medida preventiva puede marcar la diferencia entre una vida tranquila y un arresto sorpresivo en una escala aeroportuaria.
- Importancia de una defensa especializada y bien documentada: Con la mayor formalidad del rol del Secretario General en la tramitación de las quejas, el expediente que se presente a la CCF será analizado en dos niveles: primero por los órganos de INTERPOL (que buscarán si la notificación incumple sus reglas) y luego, si persiste el litigio, por la Comisión de forma independiente. Por ello, es fundamental que la solicitud inicial de eliminación de datos esté técnicamente bien fundamentada en las normas de INTERPOL (Reglas de Tratamiento de Datos, Constitución de INTERPOL, resoluciones aplicables) y acompañada de documentación probatoria sólida. Un abogado con experiencia en casos INTERPOL sabrá invocar correctamente, por ejemplo, la violación del artículo 3 (persecución política) o del artículo 2 (derechos humanos) de la Constitución de INTERPOL, y aportar jurisprudencia de la propia CCF que apoye la petición. La calidad de la argumentación inicial podría incluso llevar a la Secretaría General a resolver el asunto a favor del solicitante sin necesidad de agotar el proceso, ahorrando un tiempo precioso a nuestro cliente.
- Nuevos plazos y seguimiento activo: Aunque las reformas buscan agilizar los procedimientos, debemos ser realistas: la CCF sigue enfrentando cientos de casos complejos al año y persisten ciertos retrasos. No obstante, con más días de trabajo asignados a sus miembros y más personal de apoyo desde 2024[20], se espera una mejora progresiva. Como abogados, debemos acompañar proactivamente el expediente: la CCF, según sus normas, informará del estatus de la solicitud a petición de parte[32], incluyendo la fecha estimada de examen y cualquier desarrollo relevante[32]. Conviene entonces que el representante legal se mantenga en contacto respetuoso pero constante con la Secretaría de la CCF, para estar al tanto de plazos, responder con prontitud a requerimientos de información adicional y conocer si la Secretaría General ha formulado ya su informe de conformidad. Este seguimiento cercano transmite al cliente tranquilidad y permite reaccionar si surge alguna incidencia (por ejemplo, si la OCN aporta nuevos datos que requieran contrarreplica).
- Medidas provisionales en casos urgentes: Afortunadamente, la CCF retiene la potestad de recomendar o decidir la suspensión temporal de una notificación mientras se estudia el fondo, cuando la situación lo amerite (por ejemplo, si el individuo está detenido pendiente de extradición). Sin embargo, la experiencia enseña que la CCF rara vez concede medidas cautelares, salvo en supuestos muy extremos y bien documentados. Las nuevas reglas no han introducido (por ahora) un procedimiento expreso para que el solicitante solicite formalmente estas medidas de urgencia –todo queda a iniciativa de la CCF según el artículo 37–[33]. Por ello, es responsabilidad del abogado destacar con urgencia en su petición inicial cualquier circunstancia crítica (detención en curso, riesgo inminente de extradición, plazo perentorio de un juicio de extradición) y pedir explícitamente a la CCF que considere una “medida provisional”. Aunque la CCF no está obligada a concederla, dejar la solicitud por escrito crea conciencia de la gravedad del asunto. Vale la pena citar buenas prácticas de otros foros (Comité de la ONU contra la Tortura, Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sus medidas del artículo 39) como guía de la celeridad necesaria[34][35]. En definitiva, ante un caso de vida o muerte para el cliente, no dudaremos en agotar todas las vías: simultanear la defensa en tribunales nacionales, medidas cautelares en cortes internacionales de derechos humanos, y esta petición urgente a INTERPOL, de manera coordinada.
- Reconocimiento del representante legal y confidencialidad: Las reformas fortalecen la posición del abogado en el procedimiento. Es esencial asegurarse de cumplir los requisitos formales al presentar la queja: debe adjuntarse un poder firmado por el solicitante autorizando la representación ante la CCF, así como copia de un documento de identidad[36][27]. La falta de estos elementos puede llevar a retrasos o a que la comunicación se haga directamente con el individuo (lo cual podría ser problemático si este cambia de domicilio o no maneja el idioma de trabajo). Con la documentación en regla, la CCF dirigirá todas las notificaciones al representante legal constituido –lo que garantiza una comunicación profesional y fluida. Además, las reglas de confidencialidad de la CCF permanecen: el expediente de solicitud no se comparte en las bases policiales de INTERPOL ni con otros países indiscriminadamente[37][38], de modo que el cliente puede actuar sin temor a represalias por el simple hecho de haber recurrido (de hecho, si algún país intentara represaliar al solicitante por acudir a la CCF, ese acto podría ser reportado por la CCF como una irregularidad grave conforme a las nuevas potestades del art. 28). En resumen, el cliente puede y debe hacer valer sus derechos en INTERPOL con el respaldo de su abogado, sabiendo que el procedimiento es confidencial y orientado a la legalidad.
- Ejecución efectiva de las decisiones: Un punto tranquilizador es confirmar a nuestros clientes que cuando la CCF decide a su favor (sea ordenando la eliminación de una notificación roja, la rectificación de datos inexactos, o el levantamiento de una difusión), INTERPOL cumple dicha decisión. La Secretaría General está obligada a aplicar de inmediato lo resuelto[12], y la propia CCF lo verifica notificando tanto al solicitante como a la OCN que los datos han sido borrados o corregidos en el sistema. Con las nuevas directrices de 2025, no solo se mantiene esta eficacia, sino que se subraya la finalidad vinculante de las decisiones: la Resolución de la Asamblea reafirma que las decisiones de la CCF son definitivas y deben garantizar la conformidad de los datos con las normas[2]. En caso de incumplimiento o retraso anómalo en la aplicación, el asunto podría escalarse a instancias de gobernanza de INTERPOL, aunque esto rara vez es necesario. En la práctica, hemos observado que una vez que INTERPOL declara “no conforme” una notificación, las OCN acatan y desisten de reintroducir la misma información, pues saben que sería vetada nuevamente –especialmente ahora que existen sistemas para detectar intentos de “reinserción” de datos previamente cancelados. Con todo, como abogados vigilamos que no haya sorpresas posteriores: si un país insiste con ligeras variaciones en una solicitud de notificación roja ya anulada, estamos preparados para accionar de nuevo, e incluso para presentar una solicitud preventiva adicional que deje claro a INTERPOL el riesgo de reincidencia.
Recomendaciones Prácticas para los Clientes de VENFORT ABOGADOS
1. Tener asesoría especializada con anticipación: Si Usted o su empresa intuyen que pueden convertirse en objetivo de una notificación roja (por ejemplo, tras el estallido de un conflicto comercial, un cambio de régimen político o cualquier señal de persecución), consulte de inmediato a abogados especialistas en INTERPOL. Una estrategia preventiva bien planificada –incluyendo eventualmente una solicitud preventiva ante la CCF– puede ahorrar enormes contratiempos futuros.
2. Reúna evidencia de posibles abusos: Documente cualquier indicio de motivación política, violaciones de derechos o falta de garantías en su caso. Decisiones de tribunales internacionales, asilo político concedido, informes de ONG sobre su país, todo puede servir. Esta evidencia será la base de una petición sólida ante INTERPOL, ya sea preventiva o reactiva.
3. Actúe rápidamente ante una notificación roja: Si descubre que existe una alerta roja o difusión en su contra (por ejemplo, le detienen o le impiden viajar), no demore en activar su defensa. Presentar una solicitud de acceso y posterior solicitud de supresión ante la CCF cuanto antes es crucial, dado que incluso con las mejoras de 2025, el proceso puede tomar meses. En paralelo, asegúrese de que su abogado gestione medidas judiciales nacionales (hábeas corpus, control de extradición) para ganar tiempo mientras INTERPOL resuelve.
4. Cumpla con los requisitos formales: Cuando inicie un procedimiento ante la CCF, siga al pie de la letra las instrucciones. Complete el formulario oficial de INTERPOL (disponible en español) y adjunte los documentos exigidos: poder firmado, copia de identificación, y un resumen claro de sus alegaciones con sus pruebas[36]. Un expediente ordenado y completo evita inadmisibilidades por cuestiones técnicas y transmite seriedad.
5. Confidencialidad y comunicación segura: Sepa que su solicitud a la CCF es confidencial; sus datos personales no se difunden a todas las policías. Por ello, sea franco y detallado en la información proporcionada a INTERPOL, sin temor a que llegue a manos indebidas[37]. Asimismo, nombre un representante legal de confianza y facilítele todos los medios de contacto. Toda comunicación de INTERPOL llegará a su abogado, garantizando que no se pierda ninguna notificación importante durante el proceso.
6. No abuse del mecanismo: Las nuevas directrices empoderan a la CCF para filtrar y sancionar usos malintencionados de sus procedimientos[28]. Por lo tanto, evite estrategias agresivas o de “fuego de saturación” (p.ej., presentar múltiples solicitudes repetitivas o acusaciones sin fundamento). Es mejor concentrar sus argumentos en una solicitud bien argumentada y con pruebas veraces. Si en el curso del procedimiento obtiene nuevos datos relevantes, su abogado puede aportarlos oportunamente –la CCF aceptará información complementaria y la remitirá a la Secretaría General si es pertinente[31]–, pero siempre dentro de una línea coherente de defensa. La seriedad y la buena fe son sus mejores aliados para ganar credibilidad ante INTERPOL.
7. Confíe en la experiencia profesional: Por último, enfrentar una notificación roja requiere navegar tanto normas jurídicas internacionales como procedimientos administrativos internos de INTERPOL. Cada caso tiene matices (ya sea un conflicto comercial internacional, una rivalidad política, o una imputación penal dudosa). Contar con abogados habituados al trato con INTERPOL y la CCF marca la diferencia. En VENFORT Abogados, hemos logrado ser una referencia en el área por tener un equipo dedicado a asuntos de INTERPOL mantiene un monitoreo constante de estas reformas y ha desarrollado protocolos de actuación a la luz de las nuevas directrices de 2025. No enfrente solo un mecanismo tan especializado: déjese guiar por expertos que sepan cómo persuadir a INTERPOL, proteger su reputación y salvaguardar su libertad de movimientos.
En conclusión, las reformas de 2025 en INTERPOL representan un esfuerzo por modernizar y equilibrar el sistema de notificaciones internacionales: se busca mayor eficacia contra el crimen, pero también mayores controles para prevenir abusos y proteger los derechos individuales. Para los potenciales solicitantes –empresarios, familias adineradas, figuras públicas o cualquier persona de alto perfil vulnerable a acusaciones fabricadas–, estas novedades son una buena noticia. Sin embargo, aprovechar plenamente las nuevas directrices y vías de recurso requiere conocimiento especializado. Una defensa preventiva bien planteada y una reacción rápida y técnica ante cualquier notificación roja son esenciales. Con la asistencia legal adecuada, es posible navegar el laberinto de INTERPOL y neutralizar las alertas injustas, preservando tanto la libertad de movimiento del cliente como su buen nombre internacional. Como siempre decimos en nuestro despacho: “Interpol no es territorio sin ley: con estrategia y rigor, la balanza puede inclinarse a favor de la justicia”.
Fuentes consultadas: Resoluciones de la Asamblea General de INTERPOL[1][3]; Estatuto y Normativa de INTERPOL actualizados[5][6][12]; Informe de Actividades CCF 2023[4]; Página oficial de la CCF (Preguntas Frecuentes y guía para solicitantes)[36][9]; Resolución AG-2024 sobre fortalecimiento de la CCF[20]; MENA Rights Group, “INTERPOL’s new draft amendments to the CCF Statute…” (2025)[15][28]. Todas las citas corresponden a documentos oficiales y públicos, cuya lectura recomendamos para mayor detalle.
Aldana Aldana.










