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Una mirada a los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano

La vida, la integridad física y la dignidad de las personas no pueden dejarse a merced de ningún gobierno o Estado. Bajo esta conciencia internacional, alcanzada tras la experiencia de la humanidad en diversos conflictos bélicos, surge el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Su intención es promover la protección regional de los derechos humanos bajo cualquier circunstancia. Para ello, ejerce acción a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Ambos organismos se encargan de monitorizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas al respecto, por parte de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

La Segunda Guerra Mundial fue devastadora desde todo punto de vista. Las violaciones sistemáticas y graves a los derechos humanos durante este conflicto abrieron los caminos para tomar en serio su resguardo, fuera de las jurisdicciones de los países, evitando que los intereses de los gobiernos pudiesen entorpecer la justicia. Fue así como la protección a los derechos humanos se convirtió en una tarea internacional, pasando a manos de la sociedad mundial.

La OEA contempla la vigilancia de estos derechos desde su carta constitutiva adoptada en 1.948 en Bogotá (Colombia). En el artículo 5 del documento se establece la proclamación de los derechos humanos sin distinción de raza, sexo, credo o nacionalidad.

Por esta razón, todos los estados miembros de la OEA están sometidos al escrutinio del Sistema Interamericano, independientemente de si han ratificado o no cualquier tratado relacionado con el tema. Esta organización reúne a los 35 países independientes del continente americano y además de velar por el cumplimiento de los derechos humanos, es garante de la democracia, la paz, la seguridad y el desarrollo en la región. Venezuela forma parte de los estados miembros.

Acción para el resguardo

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos tiene la particularidad de aplicar el Estatuto y Reglamento de la CIDH y la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre a todos los Estados miembros de la OEA sin excepción, aún en el caso de que alguna nación sea suspendida de la organización.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la OEA creado en el año 1959. Está conformada por siete miembros independientes y con las competencias necesarias para ser especialistas en el tema de derechos humanos. Son elegidos por la Asamblea General de la OEA y no responden a ningún Estado o gobierno.

Su objetivo es vigilar y promover la defensa de los derechos humanos en América. Esta meta es alcanzada gracias a la visita a los países miembros de la OEA, la realización de actividades relacionadas con el tema, la adopción de medidas cautelares, la preparación de informes sobre la situación de derechos humanos en un país en particular y el análisis de peticiones individuales, con la intención de determinar la responsabilidad internacional de los Estados, según queda establecido en el folleto informativo Sistema de Peticiones y Casos de la CIDH.

Sobre las peticiones ante la CIDH

Las peticiones individuales que examina la Comisión pueden ser entregadas por personas, grupos de personas u organizaciones que aleguen haber sido víctimas de delitos contra los derechos humanos.

Hay que tener en cuenta que la CIDH no puede accionar frente a Estados que no sean miembros de la OEA. De igual manera tiene prohibido ofrecer abogados para asistir en procesos judiciales internos, suministrar ayuda económica o herramientas de trabajo a las personas, así como tampoco está capacitada para realizar trámites migratorios ni de asilo político.

La labor de la CIDH se sustenta legalmente en lo establecido en la Convención Americana, conocida también como Pacto de San José de Costa Rica. Este instrumento fue ratificado por los siguientes países: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname y Uruguay.

Venezuela estuvo adherida a la Convención hasta que decidió retirarse y hoy en día no forma parte de la misma. República Dominicana y Trinidad y Tobago optaron por la misma opción.

¿Qué promueve el Pacto de San José?

La Convención promueve la obligación para todas las partes involucradas de respetar los derechos y garantizar su ejercicio sin discriminación de ningún motivo. Este lineamiento es reforzado por la invitación a todos los Estados miembros a adoptar medidas legales para lograr el cumplimiento de todos los derechos y libertades declarados.

Estos son los más importantes: derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, derecho a la vida, derecho a la integridad corporal, la prohibición de la esclavitud o servidumbre, derecho a la libertad personal, las garantías judiciales, los principios de legalidad y de retroactividad, derecho a la indemnización, protección de la honra y la dignidad, la libertad de conciencia y de religión, la libertad de pensamiento y de expresión, derecho a réplica, derecho a reunión, la libertad de asociación, la protección a la familia, derecho al nombre, derecho del niño, derecho a la nacionalidad, derecho a la propiedad, derechos de circulación y residencia, derechos políticos, la igualdad ante la ley y finalmente la protección judicial.

Si el Estado donde se han lesionado cualquiera de estos derechos no sigue las recomendaciones advertidas por la CIDH para poner fin a la violación, la Comisión está en plenas facultades de presentar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tiene como función principal interpretar y aplicar la Convención Americana y otros tratados pertinentes. Tiene la autoridad de emitir sentencias sobre los casos y opiniones consultivas.

Los derechos humanos y Venezuela

Para que la Corte actúe, los Estados deben haber reconocido su competencia. Venezuela no la reconoce al no ratificar la Convención Americana. El país formó parte de la Corte hasta el año 2013, cuando su presidente —Nicolás Maduro—, decidió retirarse el pasado 10 de septiembre de ese año.

La salida es precedida por el anuncio de retirarse que hiciera un año antes de la fecha el ex presidente venezolano, Hugo Chávez, al considerarlo una medida de «dignidad y soberanía nacional» cuando el organismo presentó informes que acusaban al gobierno nacional de presunta violación a los derechos humanos de líderes opositores.

Con esta decisión se hace claro para la comunidad internacional que la protección y respeto a los derechos humanos en Venezuela están en peligro. La más grave consecuencia de esta situación es el hecho de que los otros países no podrán actuar en el país para promover la protección de los derechos, aumentando las posibilidades de que ocurran violaciones de los mismos de manera masiva.

Tratados Interamericanos de Derechos Humanos

  1. Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Pacto de San José de Costa Rica”, 1969.
  2. Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, 1985.
  3. Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”, 1988.
  4. Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, 1990.
  5. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará”, 1994.
  6. Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, 1994.
  7. Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, 1999.

Alcances del Sistema Interamericano

La violación de los derechos humanos no es poco común en el continente americano. En ese sentido, contar con un aparataje legal que pueda hacer frente a estos delitos es de suma importancia.

El Pacto de San José ofrece una cobertura legal amplia para garantizar los derechos civiles y políticos. Sin embargo, se observa poca protección en cuanto a algunos derechos económicos, sociales y culturales.

Las facultades de la CIDH tienen alcance en todos los países miembros de la OEA, lo que facilita el trabajo aún en caso de que algunos Estados decidan no formar parte de la Comisión o no quieran ratificar protocolos en defensa de los derechos humanos. De igual manera, la Corte Interamericana posee la capacidad de emitir sentencias y determinar responsabilidades.

Un logro importante del sistema es haber catalogado de forma específica un tratado para prevenir y castigar la tortura. Como parte de las deudas pendientes se le adjudica la inclusión dentro de sí de organizaciones no gubernamentales con estatus consultivo, pues estas instituciones suelen manejar de forma correcta las violaciones a derechos humanos, debido a que no responden a conflictos de intereses de gobiernos particulares.

Fuentes consultadas