El pasado 05 de agosto de 2019, el Ejecutivo Nacional de la administración de los Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU.) suscribió una nueva Orden Ejecutiva contra el Gobierno de Venezuela, la cual fue signada con el número 13.884.
Esta nueva orden se suma a un grupo de otros seis documentos similares que han sido adoptados por el Gobierno Americano desde el año 2015. La novedad de este nuevo instrumento se resume principalmente en el bloqueo de activos del Gobierno de Venezuela en territorio de los Estados Unidos.
Nuestro análisis de las sanciones
Desde Alan Aldana & Abogados hemos realizado un análisis de esta Orden Ejecutiva, para precisar el término Gobierno de Venezuela y el alcance que tiene.
De acuerdo a la sección 6 (d) de la Orden Ejecutiva objeto de nuestro análisis, dicho término incluye el Estado y Gobierno de Venezuela, las subdivisiones políticas, entiéndase entidades federales (Estados) y Municipios, agencias, el Banco Central de Venezuela y Petróleos de Venezuela S.A. Así como cualquier entidad en la que el Gobierno de Venezuela tenga propiedad o un interés equivalente al cincuenta por ciento (50%). (el subrayado nuestro).
Sobre este último particular conviene aclarar, que la OFAC, en el año 2014 publicó una guía en la cual se amplía para una mayor comprensión, todo lo relacionado con el control o propiedad sobre los bienes de personas bloqueadas.