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BOLIVAR LAW

¿Se agudiza el cerco financiero a Venezuela?

¿Se agudiza el cerco financiero a Venezuela? La Cámara de Representantes de los Estados Unidos, aprobó Ley de Prohibición de Operaciones y Arrendamientos con el Régimen Autoritario Ilegítimo de Venezuela, identificada bajo la nomenclatura especial Ley ΗΡ 825 IH y conocida como “Ley Bolívar” (LB), tras ser reintroducida nuevamente ante dicha oficina, el pasado 18 de noviembre de 2024.

La Ley, cuenta con apoyo bipartidista (Demócratas y Republicanos) y busca la prohibición de operaciones de arrendamiento y retomar las sanciones dictadas por la “Ley Autorización Defensa Nacional” (LADN), impidiendo de esta forma al Pentágono hacer negocios con cualquier empresa o persona natural que tenga relaciones con cualquier tipo de entidad jurídica o individuo relacionada con el actual gobierno venezolano. Aunque la Ley fue aprobada en la Cámara de Representantes, tiene que ser aprobada ahora por el Senado, para que posteriormente, pueda convertirse en Ley por medio de la aprobación de la Cámara Alta del Senado. Para su entrada en vigor, debe ser promulgada por el presidente, dependiendo de los tiempos puede ser aprobada por la administración Biden o la administración Trump.  

Esta Ley es un complemento más del paquete de sanciones que se han venido imponiendo al actual gobierno venezolano y lo que busca es reforzar el cerco financiero por medio de la presión a terceras partes que podrían relacionarse empresarial o financieramente con la administración Maduro.

Ahora bien, para poder entender con claridad que papel juega esta nueva medida es importante hacer un breve recuento de las sanciones que han venido operado, de forma tal, que podamos encuadrar los efectos de ésta en el marco general de todas las sanciones y licencias que aplican.

  • Año 2015 | EO 13692: La administración Obama emitió la Orden Ejecutiva (EO) 13692, imponiendo sanciones a funcionarios del gobierno (sanciones de carácter personalísimas) y a la Compañía Nacional de Petróleos de Venezuela (PDVSA). Las sanciones apuntaron a funcionarios del gobierno con responsabilidad directa en violaciones de derechos humanos, violencia política y corrupción.
  • Año 2017 | EO 13808: Bajo la administración Trump se emitió la EO 13808, prohibiéndose las transacciones por parte de personas naturales o jurídicas de los Estados Unidos (EEUU), relacionadas con deuda nueva de PDVSA o nuevo capital emitido por el gobierno venezolano. Esta orden prohíbe la compra por parte de una persona estadounidense de la mayoría de los valores venezolanos. También se cierra el mercado petrolero a EEUU, el cual representaba medio millón de barriles diarios.
  • Año 2019 | EO 13850: El gobierno americano adoptó una postura más radical aún con la EO 13850, bloqueando todos los bienes e intereses en bienes de PDVSA sujetos a la jurisdicción estadounidense y prohibiendo a las personas estadounidenses realizar transacciones con la empresa petrolera. De esta forma, se impidió a PDVSA realizar transacciones financieras con instituciones estadounidenses, restringiéndose su capacidad para financiar operaciones. Como consecuencia, las sanciones restringieron la capacidad de participación de PDVSA en el CAPEX de las empresas mixtas por problemas de financiamiento. También, se vieron afectaron los acuerdos financieros basados en cuentas fiduciarias en el exterior.
  • Año 2019 | Licencia No 8: Para agosto, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), emitió licencias generales temporales permitiendo ciertas transacciones relacionadas con PDVSA y sus empresas subsidiarias. La Licencia General No. 8, autorizó a empresas americanas a operar con la industria petrolera venezolana, entre ellas Chevron, Halliburton, Schlumberger, Baker Hughes y Weatherford. Autorización hasta el 27-07-2019 y posteriormente hasta el 25-10-2019.
  • Año 2020 | Sanciones Secundarias: Combinación de varias medidas, la primera las sanciones secundarias a Rosneft, segunda se limita la operación petrolera de Chevron (CVX). Estas medidas combinadas junto con el COVID colapsan las exportaciones petroleras a nivel mundial. La producción petrolera venezolana alcanza su nivel más bajo de 350 mil barriles diarios, comparables con la de los años 30.
  • Año 2022 | Licencia GL41: Luego de la invasión de rusa a Ucrania, se produjeron las negociaciones entre Venezuela y EEUU, otorgándole una nueva licencia a CVX, Licencia GL41, emitida en fecha nov. 2022. Esta licencia le permitirá a CVX operar con un nuevo contrato para exportar a EEUU y obtener el control operativo y el flujo de caja La producción aumentará a 155 mil barriles diarios.
  • Año 2023 | Licencia GL44: Para octubre, tendremos la Licencia GL44 como parte de las negociaciones de barbados. Esta licencia, suspenderá las sanciones impuestas por un periodo de 6 meses y tendrá un impacto en los descuentos del crudo que exportaba Venezuela. La misma no será renovada en el año 2024, pero se señala la aprobación de nuevas licencias específicas.
  • Año 2024 | estatus quo: 3 licencias petroleras en vigor CVX, Maurel & Prom y Repsol, y en relación con el gas hay 2 licencias para exportar gas a Trinidad con Shell (Dragon Natural Gas) y la otra de Reliance. 
  • Año 2025 | Vigencia 2025: En 2024 la OFAC renovó la Licencia General 41, para que CVX pueda continuar con sus operaciones en Venezuela hasta abril de 2025, la misma aituación es aplicable a Repsol. También la OFAC prorrogó por 6 meses la licencia a las empresas de servicios petroleros Halliburton, Schlumberger Limited, Baker Hughes Holdings y Weatherford International para seguir operando en Venezuela, hasta el 9 de mayo de 2025.

Dado el recuento de las diferentes sanciones y licencias que se han venido aplicando a lo largo de este tiempo, lo primero que se debe destacar es que LB va a depender esencialmente de la estrategia que fije el Departamento del Tesoro (DT). Es importante tener en cuenta, que en EEUU las leyes están sujetas a una interpretación no son solo de carácter judicial taxativo, sino también, a una interpretación de naturaleza administrativa mucho más amplia. Esto significa que el DT, debe determinar qué empresas o actividades están dentro del marco de la LB, y teniendo la capacidad de poder ampliar el espectro de restricciones financieras, entre ellas la congelación de bienes y limitaciones desde el punto de vista del sistema financiero internacional. Esta super facultad le permite determinar de forma bastante autónoma y específica que empresas o individuos deben ser sancionados.

La normativa dispone también de ciertas excepciones para operar con la administración venezolana en pro de los intereses estratégicos norteamericanos. Este sería el caso de una entidad o persona natural que tenga una licencia válida para operar en Venezuela, emitida por la OFAC como el caso de CVX o los contratos que apoyen las actividades de la administración americana en Venezuela, como el mantenimiento de sus instalaciones, un ejemplo la embajada ubicada en Caracas.

En cuanto a la definición de negocios dada por la LB, se debe entender como: “adquisición, desarrollo, mantenimiento, apropiación, venta, posesión, arrendamiento u operación de equipos instalaciones, personal, productos, servicios, bienes muebles e inmuebles o cualquier otro aparato de negocios o comercio”. Por otro lado, deja abierta la posibilidad de enmarcar cualquier otro acto no considerado en la Ley que por su naturaleza pueda ser considerado como negocio. También, la LB establece excepciones en materia humanitaria ante eventos donde se requieran de medidas urgentes para salvar vidas.

El gobierno americano ha venido asumiendo un riesgo calculado por sus intereses geopolíticos en materia energética dado los acontecimientos internacionales en Ucrania y el Medio Oriente. El alivio de las sanciones en el sector del petróleo y el gas continúa, beneficiando principalmente a las empresas estadounidenses y europeas que buscan recuperar los fondos adeudados a PDVSA.

La LB pareciera que no afectara el estatus quo de las licencias vigentes hoy en día, de hecho, podrían verse en el futuro otras excepciones más, y ser aplicadas siempre y cuando vayan en sintonía con los intereses energéticos americanos a nivel internacional. Por otro lado, la Ley forma parte de otro engranaje más dentro de la estructura de presión de recorte de recursos financieros que podrían darle oxígeno económico al gobierno venezolano. Cada día crecerá el alcance de este tejido sancionatorio a sujetos que no se enmarquen dentro de las pocas excepciones que podrían justificar una relación con el gobierno venezolano como hemos visto en este artículo.  

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