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Aspectos legales del asesinato de los periodistas ecuatorianos

En abril de 2018 Ecuador y Colombia amanecieron con una noticia que lamentar y que puso en vilo el cumplimiento de los derechos humanos. Tres periodistas ecuatorianos, secuestrados por disidentes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), fueron asesinados por sus captores, según confirmaron las autoridades de ambos países.

Los conflictos armados suponen una fuente de peligro para los habitantes de zonas aledañas a la situación, e incluso para los profesionales que de alguna u otra manera sus actividades laborales se encuentran entremezcladas en el conflicto. Así ocurre en el caso de los periodistas que cubren los aspectos noticiosos de dichos acontecimientos.

La guerrilla colombiana ha sido por un largo período un conflicto de grandes proporciones. Según datos publicados en el portal web de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano, entre 1986 y 1995 fueron asesinados 61. Diez años más tarde se registraron 60 nuevos homicidios de periodistas ejerciendo su oficio dentro del conflicto armado.

La violencia contra el Periodismo

La información manejada por la fundación revela que los asesinatos habían provenido de la guerrilla, los paramilitares, los narcotraficantes, e incluso de algunos agentes del Estado, autoridades locales y políticos. También recalca que de diversas formas se ha demostrado que estos homicidios no ocurrían de forma accidental ni al azar, se trataba de proyectos dirigidos a socavar la información periodística y aleccionar a las comunidades.

En el Informe «La palabra y el silencio. La violencia contra periodistas en Colombia, 1977 – 2015», se resalta que las zonas fronterizas o que sirven de corredores para la elaboración y transporte de drogas, así como para el afianzamiento territorial de grupos violentos, suelen ser las más peligrosas para el ejercicio del periodismo.

El texto también resalta una situación: la impunidad frente a estos casos, al menos en la experiencia en Colombia que había sido uno de los países del mundo más peligrosos para el ejercicio de esta carrera profesional. La ausencia de investigación, la desorientación intencionada de los rumbos de las investigaciones a través de imputaciones falsas, los asesinatos a personas clave dentro de las averiguaciones y la ineficiencia del sistema judicial fueron identificadas como las principales causas de impunidad.

Dos países afectados

A pesar de que el caso de asesinato de Juan Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra, equipo reporteril del diario El Comercio (Ecuador) pareciera ser similar a los que han ocurrido por el mismo conflicto contra comunicadores sociales, los especialistas señalan algunas diferencias.

Entre estas divergencias se manifiesta que el crimen haya ocurrido en las fronteras entre Colombia y Ecuador, lo que puede implicar una movilización de la disidencia de la guerrilla, tomando en cuenta que el asesinato fue atribuido al grupo disidente de las Farc, comandado por Walter Arizala Vernaza, alias «Guacho».

De igual manera, se señala al delito como un mecanismo de presión ejercido sobre las autoridades no solamente de un país, sino de dos naciones. Algunos advierten que incluso la forma de actuación en el crimen combina estrategias empleadas frecuentemente por grupos guerrilleros y narcotraficantes.

A pesar de que se trata de en este delito no se encuentra directamente involucrado algún Estado, pues el secuestro de los periodistas y su posterior asesinato fue responsabilidad de un grupo guerrillero, este conflicto en Colombia ha sido tratado bajo la actuación de la Jurisdicción Especial, debido a las consecuencias e implicaciones nacionales e internacionales que ha suscitado.

En todas las actuaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz se contempla el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, así como también se toma en cuenta la gravedad y consecuencias del daño ocasionado a las víctimas. La Jurisdicción prevalecerá sobre cualquier actuación penal y a través de este organismo se decidirá el trato que recibirán los responsables de los delitos de lesa humanidad, por medio de un sistema judicial especial diseñado como parte del proceso de paz.

Fuentes consultadas