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FOTO: REUTERS / Marco Bello

El Petro, la criptomoneda venezolana. Consideraciones legales.

La actual crisis económica que atraviesa Venezuela ha generado opiniones y acciones por parte del Gobierno Nacional así como de sus detractores. Como parte de la estrategia económica planteada por el Estado, se creó una moneda digital (el Petro) respaldada por la nación venezolana y su riqueza en las reservas de petróleo crudo.

El anuncio de su creación fue dado por el Ejecutivo Nacional, el 3 de diciembre de 2017, y surge de la necesidad de hacer frente al «bloqueo económico internacional» que según el Presidente Nicolás Maduro mantienen las principales potencias del mundo en contra de Venezuela. Por su parte, el sitio oficial de la nueva moneda justifica la aparición del Petro en la devaluación de la moneda nacional, el Bolívar.

«El Petro será el fundamento de una política de desarrollos, creación de infraestructura tecnológica y formación de jóvenes en la minería electrónica, programación, criptografía, seguridad de redes y economía 4.0 que permitirá aprovechar el valor de los activos más valiosos de Venezuela y los países en desarrollo en un nuevo mundo de mercados transparentes, desconcentrados y libres de manipulaciones» se lee en la página oficina de la moneda digital. Así pues, pareciera que esta medida adoptada por el Estado tiene como finalidad que Venezuela pueda acceder a nuevas alternativas de financiamiento internacional.

Seguido al anuncio del Ejecutivo Nacional, en fecha 8 de diciembre de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 3.346 el Decreto Presidencial N° 3.196, cuyo objeto es «…establecer dentro de las políticas del desarrollo integral de la Nación y de manera lícita, las condiciones regulatorias previstas en el Código Civil Venezolano la compra/venta de activos financieros, aplicación, uso y desarrollo de tecnologías Blockchain (cadena de bloques), minería, desarrollo de nuevas criptomonedas en el país…” este mismo Decreto autorizó la creación de la Superintendencia de los Criptoactivos y actividades conexas Venezolana, «…como servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, administrado, supervisado e integrado a la Vicepresidencia de la República…»

Finalmente, el 31 de Enero de 2017 se publicó el White Paper (Libro Blanco) del Petro. Un documento oficial que detalla la política económica y técnica que regulará el funcionamiento de la criptomoneda nacional. De acuerdo a este documento, el lanzamiento del Petro consta de dos fases: una primera fase de preventa, que debía iniciar, según el citado manual de instrucciones el 20 de febrero, mediante la venta de un token ERC20; y una segunda fase de Oferta Inicial que iniciará el próximo 20 de marzo.

Claves del Petro

  • El valor del Token en la fase de preventa y el valor del Petro en la fase de Oferta Inicial, es el equivalente al precio comercial de un barril de petróleo venezolano, calculado en la segunda semana de enero de 2018 en 60$ por barril.
  • La red del Petro está garantizada en el valor 5.342 millones de barriles de crudo provenientes del Campo N° 1 del Bloque Ayacucho de la Faja Petrolífera del Orinoco.
  • Se promoverá la venta internacional de la criptomoneda a través de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y otras empresas del Estado. Los entes públicos también fomentarán el uso del activo para el pago de la deuda externa o el cumplimiento de compromisos en el mercado interno.
  • La Superintendencia de los Criptoactivos tomará las acciones necesarias para impulsar el intercambio del Petro en casas de intercambio de monedas digitales.
  • El Petro podrá ser adquirido también por cualquier persona a través del sitio web oficial www.elpetro.gob.ve.
  • El Petro será solo minado por el gobierno venezolano. A diferencia de otras monedas digitales cuyo minado es libre. Para lograr esta condición el Estado venezolano ofrecerá una emisión preminada a ser puesta en venta.
  • No podrá adquirirse con bolívares, sino a través de criptomonedas o divisas, sin embargo, en un mercado secundario, el tenedor del Petro podrá realizar el cambio por equivalente en otra moneda o en Bolívares al tipo de cambio de mercado publicado por las casas de intercambio de criptoactivos nacionales.
  • Se estima que la moneda digital conviva junto al Bolívar, con la intención de optimizar las finanzas nacionales.
  • El Petro busca evadir las sanciones financieras impuestas por Estados Unidos frente a la venta de bonos de PDVSA.
  • Los servicios consulares en todas las embajadas y consulados del país tendrán que ser pagados a través de la moneda digital, así como el combustible, los servicios asociados a aerolíneas y los servicios turísticos.
  • Venezuela emitirá y pondrá a la venta un total de cien millones (100.000.000) de Petros. No habrá emisiones extraordinarias.
  • La oferta inicial del Petro comenzará el 20 de marzo de 2018 y culminará cuando se hayan colocado los cuarenta y cuatro millones de (44.000.000) de petros destinadas a esta primera etapa.
  • En fecha 9 de enero de 2018, La Asamblea Nacional venezolana declaró la nulidad de la criptomoneda nacional al considerarla fuera de la Ley y alertó a los posibles inversionistas sobre esta situación legal.
  • El Departamento del Tesoro de Estados Unidos recomendó a sus ciudadanos y organizaciones no vincularse en las negociaciones de la moneda digital venezolana en razón de las sanciones que pesan sobre el Gobierno venezolano.

Desafíos legales del Petro

La centralización del Petro en el gobierno venezolano y las limitaciones para operar libremente han generado suspicacia en el mercado. De igual manera, su funcionamiento sin adecuación de las leyes venezolanas implicaría la violación del estatuto nacional a través de la Ley del Banco Central de Venezuela, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Ilícitos Cambiarios que prohíben el uso de cualquier moneda diferente al Bolívar en el territorio nacional.

Por estar respaldado por el Estado venezolano, el Petro no cumple con la naturaleza de una moneda digital, según han señalado varios expertos. La finalidad de una criptomoneda es emplear un sistema de intercambio de valor basado en una moneda electrónica. Sin que exista intervención de los organismos estatales. Se trata de una moneda que no es perceptible por los sentidos humanos y que sirve para intercambiar bienes y servicios exclusivamente a través de canales electrónicos.

¿Qué dice la constitución y la ley de hidrocarburos?

Por otra parte, el hecho de que el Petro esté garantizado por reservas petrolíferas del Estado atenta contra lo establecido en los artículos 12 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 3 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, por cuanto ambos textos normativos establecen el carácter inalienable e imprescriptible de los yacimientos de hidrocarburos existentes en el territorio nacional, en vista de que pertenecen a la República y son de dominio público, lo que quiere decir que el Estado puede realizar ningún acto de disposición sobre dichas reservas.

Las criptomonedas proponen un sistema monetario eficiente, confiable y de fácil intercambio que no permite generar inflación, pues la misma red se encarga de emitirlas de forma descentralizada en función únicamente de la demanda real. Su verificación está sujeta a un poder computacional que permite la certificación de las transacciones sin vulnerar el sistema.

Sin embargo, como todo sistema requiere de regulaciones legales claras y explícitas. En diversos países del mundo donde se está implementando el uso de otras monedas digitales, se ha evidenciado la necesidad de ajustar las leyes y promover un estatuto legal robusto para su uso.

Algunos expertos en el área coinciden que por sus características, el Petro parece dinero digital, pues está siendo respaldada por el gobierno nacional.

Fuentes consultadas