Es común ver como muchas familias pasan incomodidades al momento de reclamar una herencia sin testamento. Y aunque lo primero que pensamos al estar cerca de estos problemas, es en la planificación sucesoria, hay circunstancias que nos agarran desprevenidos, y es la ley la que se encarga de distribuir y aplicar el procedimiento sucesorio. En ese sentido, queremos orientarte en materia legal para que sepas que hacer cuando te encuentras en esta situación. Y que conozcas quién tiene derecho a una herencia sin testamento en España.
¿Qué pasa cuando una persona fallece sin hacer un testamento?
Cuando una persona no quiere, o no le alcanza el tiempo o el dinero para asegurar sus últimas voluntades, sus herederos legítimos estarán protegidos a través del Código Civil. En este caso, la ley le da prioridad a los ascendientes y descendientes directos, e incluso establece el procedimiento en caso de que estos no existan. Así que cualquier herencia que provenga de una persona que no realizó su testamento, debe respetar el orden y procedimiento establecido por la ley. Por lo que se aplica la repartición según el orden de los parientes, por falta de herederos testamentarios.
¿Cómo es el orden de herederos ante una herencia sin testamento en España?
Hay ciertos grados de parentesco que hay que respetar al momento de reclamar una herencia sin testamento en España. El Código Civil prioriza las relaciones de parentesco de la siguiente manera: Primer grado: los hijos y los padres. Segundo grado: el cónyuge y los hermanos. Tercer grado: sobrinos. Cuarto grado: primos hermanos, sobrinos, nietos y tíos abuelos.
En el caso de que provenga un externo a no querer cumplir ese orden, los herederos afectados pueden denunciar y celebrar un juicio para redistribuir la herencia. Y en caso de que no haya parientes directos de ningún grado ni viudo o viuda, el artículo 913 del Código Civil establece que el patrimonio pasaría a ser parte del Estado.
¿Cómo puede heredar el cónyuge en una herencia sin testamento?
En algunas Comunidades Autónomas en España tienen órdenes sucesorios diferentes, donde el cónyuge viudo queda en un segundo grado de parentesco y otras donde queda en el tercer grado. Es por ello que, al momento de reclamar una herencia sin testamento en el país, debes asesorarte con un equipo de expertos en derecho sucesorio. Para asegurarte de tener muy claro el panorama sucesorio antes de hacer las solicitudes correspondientes.
El llamado usufructo viudal es una herramienta jurídica que permite un tercio de mejora en el porcentaje sucesorio que tiene el cónyuge comúnmente. Al mismo tiempo que puede ser reclamado en primer grado de parentesco, obteniendo una tercera parte de la herencia. Pero como dijimos anteriormente, no está presente en todas las legislaturas, porque la pareja no aparece como un heredero directo y sus únicas formas de hacerlo es en tercer grado de parentesco o por medio de un testamento.
Recomendaciones para tramitar una herencia sin testamento
Las personas que tienen derechos sobre una herencia sin testamento deben hacer el trámite con más atención y detalle. Porque deben recopilar unos documentos adicionales, como documentos de identidad que comprueben el parentesco, entre otros. Además de que se debe sumar el tiempo de revisión de cada documento por parte de un abogado designado por el Estado.
En el caso de que el fallecido haya dejado hijos, padres y un cónyuge, las herencias sin testamento suelen ser distribuidas en porcentajes muy alejados de la voluntad de la persona. Por esto y por las diferencias entre cada legislación de las comunidades autónomas, se recomienda asesorarse con un bufete de abogados especialistas en la comunidad donde debe ser reclamada la herencia.
Por otra parte, te recomendamos leer nuestros artículos 5 cosas que debes saber sobre herencias y sucesiones en España. Así como el paso a paso de todo lo que debes hacer para tramitar una herencia.
Si quieres obtener más información o necesitas asesoría sobre este y otros temas del derecho penal y derecho penal internacional, no dudes en contactarnos a través de nuestro formulario. Además, te compartimos nuestras redes sociales para que puedas seguir actualizado sobre los temas jurídicos que están en tendencia: Instagram, Facebook, Twitter y Linkedin.