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El Bitcoin: moneda digital en reglamento, consideraciones legales

Imaginar un sistema monetario de intercambio digital requiere de un esfuerzo mental, a pesar del avance tecnológico que hoy experimenta la humanidad. Un evento de esa naturaleza no había sido posible sino hasta el año 1998 con la aparición de la moneda digital o la criptomoneda, pues el hombre siempre había usado referencias materiales para las transacciones monetarias.

Si se necesita de abstracción para recrear mentalmente esta posibilidad, regular legalmente la actividad para convertirla en una transacción monetaria segura y confiable resulta una tarea complicada, pues escapa de todos los formatos conocidos y establecidos socialmente. No en vano la irrupción de la primera moneda digital está generando cambios importantes en la economía del mundo, que han ameritado del estudio de las implicaciones y consecuencias de esta tecnología.

Estados Unidos, Japón y Luxemburgo han asumido la responsabilidad de ser pioneros en el uso de la moneda digital. Desde sus espacios estos tres países han desarrollado normativas legales para regular el proceso, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios y la transparencia de las acciones. En ese sentido, la nación asiática ha impuesto mayores controles y exigencias a la hora de permitir el uso de la criptomoneda, mientras que Estados Unidos ha sido un poco más flexible en sus regulaciones.

Después de su primera aparición en 1998 de la mano del ingeniero japonés, Wei Dai, no fue sino hasta 10 años más tarde cuando un grupo de personas bajo el seudónimo «Satoshi Nakamoto» retomaron la propuesta y la perfeccionaron para diseñar el primer protocolo de código libre Bitcoin, que da nombre también a la primera criptomoneda conocida.

La finalidad del Bitcoin es emplear un sistema de intercambio de valor basado en una moneda electrónica, sin que exista intervención de los organismos estatales. Estas características permitieron que en 2009 fuese de gran utilidad frente al colapso y la crisis global que estaba experimentando en ese entonces el sector financiero. A través de la criptomoneda los usuarios podían enviar y recibir dinero entre ellos, sin necesitar la mediación de un intermediario.

Básicamente se trata de una moneda que no es perceptible por los sentidos humanos y que sirve para intercambiar bienes y servicios exclusivamente a través de canales electrónicos. Además propone un sistema monetario eficiente, confiable y de fácil intercambio que no permite generar inflación, pues la misma red se encarga de emitir Bitcoins de forma descentralizada, en función de la demanda real.

Otro beneficio reportado de este orden monetario radica en que su verificación está sujeta a un poder computacional capaz de resolver problemas informáticos de alta complejidad y que permiten la certificación de las transacciones sin vulnerar el sistema.

Criptomonedas ¿Para todos es igual?

La novedad que ha significado el sistema monetario digital no ha permitido aún la estandarización de sus procesos, ni la regulación de sus usos. Cada país ha definido, según sus criterios y necesidades, la forma más conveniente de emplearlo.

Tomando como referencia a los tres países que han logrado desarrollar regulaciones más claras al respecto, en Alan Aldana & Abogados revisamos las normativas, en un intento de proyectar a Venezuela en el uso de la criptomoneda.

No todas las naciones la consideran como una moneda que se equipara a las tradicionales. En Estados Unidos, Luxemburgo y Japón se refieren a ella como un bien digital. En el país americano fue identificada como materia prima así como ocurren en el caso del oro, el petróleo y el gas. Fue denominada «commodity» por tratarse de un producto o bien demandado sin diferenciación cualitativa en operaciones de compra y venta.

Esta definición legal propia creada en Estados Unidos es la más usada en el mundo, pues considera a la moneda digital como un bien de consumo. Por su parte, en la mayoría de los países europeos es definida como un medio de pago convencional, equiparada a los sistemas de pago tradicionales como las monedas y los billetes.

Sin embargo, ambas concepciones parten del principio del carácter legítimo de la actividad de producir y negociar monedas digitales. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (Cepal), luego de realizar un exhaustivo estudio recomendó el uso de la moneda digital en El Caribe y propuso el impulso de investigaciones financieras para facilitar el proceso de integración del sistema e incentivar la cooperación regional al respecto.

Bitcoin en el territorio nacional

Ante la falta de claridad sobre las regulaciones legales definitorias de los sistemas de moneda digital, se requiere establecer un panorama claro y general que muestre las ventajas y desventajas de la aceptación y uso de la criptomoneda en Venezuela.

En Alan Aldana & Abogados apuntamos a iniciar la investigación en las políticas y medidas tendientes a respaldar la legalidad de las actividades que involucren las transacciones con las monedas digitales, a fin de garantizar la seguridad necesaria al usuario.

¿Cómo debe ser clasificada la moneda digital en Venezuela?

Es una de las primeras inquietudes a resolver en nuestra propuesta, tomando en cuenta las pocas leyes y políticas en el mundo en torno a este tema.

Para traer luz a la oscuridad, hemos planteado algunas consideraciones que faciliten el tránsito hacia este sistema monetario. La primera recomendación radica en el incentivo —por parte de las autoridades competentes— a la participación en la economía digital, lo que incluye la inversión en las oportunidades que ofrece la moneda digital y la revisión de las políticas adoptadas en países como Estados Unidos y Japón.

El funcionamiento de la moneda digital en el país también necesitará del desarrollo de programas especializados para evitar la legitimación de capitales, el financiamiento terrorista y cualquier otra transacción ilícita. Para prevenir este tipo de actos es importante conocer a profundidad al cliente y tener acceso a información que permite corroborar la legalidad de los procesos.

Además la implementación de la criptomoneda requiere de sistemas de seguridad cibernética robustos que protejan la información almacenada y reduzcan los riesgos de vulnerabilidad.

En el siguiente texto detallamos nuestros planteamientos sobre la posibilidad de establecer a la moneda digital como figura monetaria en Venezuela y ofrecemos un panorama amplio sobre su creación y funcionamiento en otros países.

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