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ABC de las Empresas en Venezuela. Aspectos prácticos para su constitución.

Las empresas juegan un rol fundamental en la economía de cualquier país, ya que son capaces de producir bienes y servicios que satisfacen las necesidades de las sociedades, además generan empleo y riqueza. Por ello, la facilidad para crearlas y la protección que se les brinda como figura jurídica es una forma de evaluar el crecimiento económico en cualquier país del mundo.

En Venezuela las empresas se rigen principalmente por el Código de Comercio, publicado en diciembre de 1955 y aún vigente, esta norma regula las obligaciones de los empresarios en sus operaciones mercantiles. 

La Constitución de una Empresa puede realizarse a través de documento público o privado, siendo necesario en ambos casos, su inscripción en el Registro Mercantil. Entre los aspectos obligatorios que se deben especificar en el documento podemos destacar: la denominación, el domicilio de la sociedad, de sus establecimientos, sus representantes legales; el tipo de negocio al que se dedicará; el importe del capital; los datos de los socios y el valor nominal de sus acciones; así como el valor de los créditos y demás bienes aportados. En la práctica el Registro Mercantil forma un expediente de toda la documentación referente a la compañía y se almacena en sus respectivos archivos.

Cómo registrar una compañía en Venezuela

Una de las claves para realizar este proceso de forma correcta y sólida es encontrar asesoría en los profesionales capacitados, es decir en los abogados con experiencia en el área mercantil y corporativa. Su conocimiento y experticia facilitará los procesos y garantizará su legalidad.

Estos son los pasos básicos para el registro de una Empresa en el país

  1. Búsqueda y reserva del de nombre: Para iniciar con la constitución de una Empresa, debemos realizar la búsqueda de nombre por ante el Registro Mercantil correspondiente. Esto nos permitirá saber si el nombre está disponible. De estar disponible debemos cancelar las tasas correspondientes para reservarlo.
  2. Presentación de Acta Constitutiva: Una vez que se haya cumplido con el punto anterior, se procede a redactar y presentar el acta que contiene los Estatutos Sociales de la nueva compañía, así como los requisitos necesarios (Cédulas de identidad o pasaporte en caso de personas extranjeras, inventario realizado por un contador o evidencia de apertura de cuenta bancaria a nombre de la Empresa y la carta de aceptación del Contador que fungirá como Comisario de la misma), a los fines de que el Registro nos indique el monto correspondientes a impuestos del SAREN y el SATDC.
  3. Otorgamiento: Presentada el acta constitutiva y pagado los aranceles, procedemos otorgar en el Registro, es decir firmar ante un funcionario público, para que la misma adquiera personalidad jurídica. También se debe proceder a la publicación en un periódico mercantil de la Empresa 
  4. Finalizado el trámite de inscripción ante el Registro Mercantil, es recomendable que la Empresa se  inscriba ante SENIAT, a los fines de que se le asigne el RIF y se procede a la elaboración de los libros contables y mercantiles, así como, su tramitación y sellado ante el mismo Registro. 

En Alan Aldana & Abogados contamos con un equipo de profesionales que podrán asesorarte de forma integral en el desarrollo de tu empresa.

Fuentes consultadas