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La legitimación de capitales, un riesgo moderno contra el orden socioeconómico

La legitimación de capitales es «disfrazar activos para ser utilizados sin que se detecte la actividad ilegal que los produjo», así lo ha denominado la oficina de control de bienes extranjeros —OFAC— adscrita al Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de Norteamérica, por ende es necesario identificar el delito primigenio, el cual actualmente no necesariamente está vinculado con delitos de narcotráfico, como la estableció en sus orígenes el tipo por la convención de Viena en 1988, sino a delitos graves —corrupción, terrorismo, falsificación de moneda, trata de personas, entre otros—, a los fines de establecer el origen de los fondos ilícitos que se obtienen para comenzar el proceso de blanqueo, que por la complejidad de las operaciones son realizados por grupos criminales organizados que intentan justificar de forma legal la adquisición y tenencia de bienes obtenidos ilícitamente.

Para lograrlo, por lo general las estructuras delictivas organizadas emplean el aparato económico establecido para dar una apariencia lícita a sus acciones. Por tanto, involucra la ubicación de fondos en el sistema financiero, la estructuración de transacciones para disfrazar el origen, propiedad y verdadera localización de los fondos y la integración de estos en la sociedad en la forma de bienes con apariencia legal.

En una de las definiciones detalladas en el texto La Legitimación de Capitales y sus implicaciones económicas. Una aproximación a la conceptualización de este delito, su autor Yosman Valderrama, puntualiza que este crimen representa un delito económico que sirve de base para la incorporación del dinero procedente de hechos delictivos a la economía legal de un país, burlando los controles existentes y garantizando al delincuente su uso sin ser rastreado por las autoridades. En ese sentido, en la legitimación de capitales su ejecutante se encuentra en plena consciencia de las leyes que está violentando.

Por su parte, el Grupo de Acción Financiera Internacional emitió la siguiente definición para este delito llamado legitimación de capitales, lavado de dinero, blanqueo de capitales o lavado de activos: «La conversión o transferencia de propiedad, a sabiendas de que deriva de un delito criminal, con el propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión del delito a evadir las consecuencias de su accionar». Este grupo multinacional fue creado en 1989 en París, Francia, con la intención de sumar esfuerzos para frenar la comisión de estos actos.

Características especiales de la legitimación de capitales

En su texto, Valderrama explica algunas de las características distintivas de este delito a saber:

  1. Profesionalización del legitimador: ejecutar una acción de este tipo requiere del diseño de estructuras financieras y económicas que permitan la canalización de los recursos obtenidos. Por ello, quien las lleva a cabo son por lo general profesionales o personas con conocimiento técnico desarrollado en el área del Derecho, la Economía o afines.
  2. Perfiles ideales: quien comete este tipo de delitos debe diseñar estrategias muy bien elaboradas para simular un perfil ideal, es decir, legal. Por ello se crea un perfil donde se muestre ante las instituciones financieras como un cliente con la capacidad de sostener los bienes que posee, a través de diversos documentos emanados de compañías o empresas de dudosa procedencia o ficticias.
  3. Delito previo: Antes de blanquear o legitimar capitales, se ha cometido un delito previo de robar o acaparar bienes o recursos que no son propios. Esta característica es fundamental para detectar a este tipo de crímenes.
  4. Actividad subterránea:  al evadir el rastreo del capital por parte de las autoridades y estructuras legales, el delincuente puede hacer uso de los recursos obtenidos de forma fraudulenta trayendo consecuencias negativas a la economía del país, pues se incentiva la competencia desleal tomando en cuenta que se mezclan bienes de dudosa procedencia con los recursos lícitos de una nación.
  5. Crimen globalizado: no posee límites fronterizos, puede extender sus acciones a varios países debido a la globalización del sistema financiero actual.

Etapas de la legitimación de capitales:

  1. Colocación: se trata de la primera etapa y requiere ingresar los fondos en el sistema financiero sin llamar la atención de las autoridades o instituciones económicas, es la fase en la que los grupos de investigación pueden detectar con más facilidad, por las implementación de protocolos de compliance.
  2. Diversificación: requiere la movilización de fondos en el sistema financiero, generalmente a través de una gran cantidad de transacciones bancarias que generan confusión y cuyo objetivo es la distracción de las autoridades, en la cual se comienzan a desligar los fondos ilícitos, con mezclas en operaciones con capitales lícitos.
  3. Integración: es el paso final una vez que los fondos ingresaron al sistema financiero y fueron ocultados. En esta parte del proceso se suelen realizar diversas transacciones para aparentar la legalidad de los recursos, tales como las compras de inmuebles, obras de arte, con el objetivo que los últimos beneficiarios puedan incorporar a la cadena comercial normal el dinero obtenido con los delitos originarios.

Fuentes consultadas: