Saber usar las herramientas legales disponibles facilita en gran medida el acceso oportuno a la justicia. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es una instancia garante de los derechos humanos en el continente americano, por lo que conocer a fondo su competencia es de gran utilidad.
Este sistema nace tras la difícil experiencia de la humanidad en los diversos conflictos bélicos. Donde se han violentado sistemáticamente y de forma profunda las garantías fundamentales. Su intención es promover la protección regional de los derechos humanos bajo cualquier circunstancia. Para ello, ejerce acción a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Estos dos organismos, como brazos ejecutores, se encargan de monitorizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas al respecto, por parte de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Antes de presentar cualquier petición individual de manera directa frente a la Corte IDH es necesario recurrir a la CIDH. La comisión se encarga de investigar si el caso de violación de los derechos humanos es procedente y puede realizar recomendaciones al Estado responsable, con la intención de restablecer en lo posible el goce de las garantías fundamentales, evitar la ocurrencia de situaciones similares y reparar los daños cometidos. Aquí se presenta el instructivo correspondiente con información relevante sobre el proceso de presentar un caso a la comisión.
Cabe destacar que la CIDH aceptará investigar sólo aquellos casos en los que se hayan agotado todos los recursos judiciales internos, es decir, que se haya acudido a los tribunales nacionales del país donde se haya denunciado la situación y el poder judicial del mencionado Estado haya emitido una decisión de última instancia donde se refleje sin procedencia la solicitud.
En caso de no haber agotado los recursos internos se debe cumplir con otros requisitos admitidos, sólo aplicados cuando las leyes internas no establezcan el debido proceso para proteger los derechos que se han violentado, se ha impedido agotar los recursos internos o haya demora en emitir una decisión final.
La petición puede presentarse después de seis meses de haber agotado los recursos judiciales internos. Sin embargo cuando se va a admitir alguna de las excepciones mencionadas anteriormente, no se aplica el lapso de seis meses establecido.
Cómo se presenta la petición
Las peticiones pueden ser realizadas por cualquier persona, grupo de personas u organización para denunciar una violación a los derechos humanos en contra de uno o más Estados de la OEA.
Quien la solicita puede fungir como peticionaria y presunta víctima en una petición al mismo tiempo. En los casos que se requiera la Comisión tiene la potestad de proteger la identidad de la presunta víctima en los documentos legales. De igual manera, puede reservar la identidad de la figura peticionaria, en caso de que se requiera.
Es importante señalar que para presentar la petición no se necesitan los servicios de un abogado ni se debe cancelar ningún costo. Estos son los datos que se deben incluir:
Datos personales de la presunta víctima y de sus familiares.
- Datos personales de la parte peticionaria, tales como nombre completo, teléfonos, dirección postal y dirección de correo electrónico.
- Descripción completa, clara y detallada de los hechos que incluya cómo, cuándo y dónde ocurrieron y el Estado considerado responsable en las acciones.
- La indicación de las autoridades que se consideren responsables, así como los derechos humanos presuntamente violentados en los hechos.
- Las instancias judiciales internas frente a las cuales se acudió para presentar cargos y acciones legales, así como la respuesta de las autoridades estatales, en especial de los tribunales judiciales.
- Indicación, en caso de haberla, de la presentación de la petición ante otro organismo internacional con competencias para resolver este tipo de casos.
Estatus de la petición ante la comisión interamericana
Una vez que la comisión da el acuse de recibido, la petición puede pasar a cualquiera de las siguientes fases: no abrir a trámite la petición, solicitar información adicional para la investigación, o abrir el trámite. Cuando se abre el trámite y la petición pasa a la etapa de admisibilidad significa que fueron cumplidos los requisitos para que la CIDH pueda investigar a profundidad el caso, pero no garantiza cuál será la decisión a tomar.
Al estar en la etapa de admisibilidad será enviada al Estado correspondiente para que éste presente sus observaciones al respecto. En esta fase se inicia el intercambio de información y la consideración de los alegatos de ambas partes.
Cuando la comisión decide que efectivamente hubo una violación de los derechos humanos por parte de un Estado, emitirá un informe con las recomendaciones específicas dirigidas a cesar los actos violatorios de las garantías fundamentales, esclarecer los hechos y llevar a cabo las investigaciones pertinentes y reparar los daños causados.
En caso de que el Estado no acatara las recomendaciones sugeridas por la comisión, este organismo elevará la petición a la Corte IDH, quien analizará y emitirá una sentencia.
Venezuela ante la Convención Americana
Para que la Corte actúe, los Estados deben haber reconocido su competencia. Venezuela al formar parte del sistema realizó la denuncia de la Convención Americana. La denuncia en Derecho internacional público, es la declaración unilateral a través de la cual un Estado decide retirar su consentimiento de un tratado internacional, rompiendo la relación obligatoria que le vinculaba a través del mismo.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido informada que Venezuela presentó al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fechado el 6 de septiembre de 2012.
La Comisión observa que, una vez que la denuncia de la Convención entre en vigor en el plazo de un año, Venezuela, como Estado miembro de la OEA, seguirá sujeto a la jurisdicción de la Comisión y a las obligaciones que le imponen la Carta de la OEA y la Declaración Americana, suscritas por el Estado de Venezuela en 1948. Asimismo, cualquier caso de violación a los derechos humanos ocurrido hasta la fecha de entrada en vigencia de la denuncia podrá ser conocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), de acuerdo al artículo 78.2 de la Convención Americana.
El lapso para que quede sin efecto la Carta de la OEA
A su vez, el 27 de abril de 2017 se entregó la denuncia de la OEA al Secretario General Luis Almagro. Las razones por las que Venezuela realizó dicha denuncia se deben a «que Luis Almagro y la OEA son responsables de liderar los ataques contra la nación y de impulsar acciones injerencistas». Luego de la denuncia deben transcurrir 24 meses para que la Carta de la OEA quede sin efecto para Venezuela.
El país formó parte de la Corte hasta el año 2013, cuando su presidente —Nicolás Maduro—, decidió retirarse el pasado 10 de septiembre de ese año.
Cabe destacar que la Comisión no puede admitir un caso cuando se trata de un país que no pertenezca a la OEA. Tampoco está autorizada para proporcionar abogados que asistan en procesos judiciales internos, ni para suministrar ayuda económica, realizar trámites migratorios o tramitar el otorgamiento de visas o asilo político.
Fuentes consultadas